TwitterFacebookGoogleGoogle MapsEmail

Permisos de obras

Lofts Barcelona | Permisos de obrasExisten diferentes tipos de permisos de obras en función del tipo o grado de intervención que se va a realizar.

Los tipos de permisos de obras o licencias dependen de cada Ayuntamiento. Según el tipo de obra a realizar, cada ayuntamiento requerirá un tipo u otro de permiso y también la cantidad de documentación a entregar. Al igual que las tasas, que varían en función de cada municipio o Ayuntamiento.

AQUI podéis acceder a la página web del Ayuntamiento de Barcelona desde donde se pueden solicitar los permisos de obras.

 

Os vamos a explicar los diferentes tipos de obras que nos podemos encontrar y las respectivas licencias que se tienen que solicitar:

Comunicado de obra o enterado:

Reformas de acabados:

Este tipo de intervención son simplemente actuaciones en los acabados de la vivienda, tales como pintar las paredes, cambiar los pavimentos del suelo, como alicatados y parquets, falsos techos de pladur, etc.
Este tipo de licencia tiene sólo carácter informativo y es gratuita, la puede solicitar directamente el propio particular a través de los portales de internet del propio Ayuntamiento, con lo cual solicitaremos un comunicado de obra o enterado.

Licencia de obra menor:

Reformas cambiando la distribución actual:

Esta es un tipo de intervención donde se modifica las distribución interior de la vivienda, cambiando el numero de habitaciones, cambiando de lugar la cocina o los baños, con lo cual este tipo de reformas necesitará de la aprobación del Ayuntamiento y de una nueva tramitación de la Cédula de Habitabilidad. No necesita de la confección de un proyecto visado por un arquitecto colegiado. Si hay que presentar un croquis explicativo de la reforma a realizar y el presupuesto de la misma. Hay que abonar las tasas que cada ayuntamiento estipule.
Para esta intervención se solicitará una licencia de obra menor sin afectar a la estructura del edificio.

Reformas que afecten a un elemento estructural:

Esta situación se da cuando en la reforma integral del inmueble, se realiza cualquier intervención en elementos estructurales tales como pilares, vigas, paredes maestras, suelos o techos (forjados), cubiertas, etc. En estas intervenciones, la seguridad es primordial, y cualquier alteración que se realiza en algún elemento estructural, debe calcularse correctamente para evitar cualquier problema en un futuro, por este motivo, es necesaria la intervención de un arquitecto colegiado para realización y visado del proyecto de reforma y el seguimiento de la misma. Se ha de entregar al ayuntamiento el proyecto visado y con el visto bueno del arquitecto colegiado junto con el certificado de que el técnico se hace responsable de la ejecución de la obra. Se pagarán las tasas correspondientes que cada ayuntamiento tenga estipuladas.
Para este tipo de reforma requiere de una licencia de obra menor que afecten puntualmente a la estructura del edificio.

Licencia de obra mayor:

Reformas que afecten a un elemento comunitario:

Las intervenciones que afecten a elementos comunitarios como fachadas, patios interiores, elementos estructurales como balcones, terrazas, paredes de lindan con zonas comunes como escaleras y vestíbulos o instalaciones del edificio como bajantes, shunts de ventilación, evacuaciones de humos, etc. Se ha de entregar al ayuntamiento el proyecto visado y con el visto bueno del arquitecto colegiado junto con el certificado de que el técnico se hace responsable de la ejecución de la obra. Se pagarán las tasas correspondientes que cada ayuntamiento tenga estipuladas. Estas obras se han de legalizar mediante la solicitud al ayuntamiento de una licencia de obra mayor.

Reformas que aumenten la superficie inicial del inmueble:

En el caso que queramos realizar un cerramiento en una terraza o patio, con el correspondiente aumento de superficie construida de nuestra vivienda, estaremos sujetos a la normativa urbanística vigente en cada ayuntamiento. Se ha de entregar al ayuntamiento el proyecto visado y con el visto bueno del arquitecto colegiado junto con el certificado de que el técnico se hace responsable de la ejecución de la obra. Se pagarán las tasas correspondientes que cada ayuntamiento tenga estipuladas.
Para esta intervención se ha de solicitar una licencia de obra mayor.

Reformas que impliquen un cambio de uso de local a vivienda:

El caso que nos ocupa en esta web dedicada a los lofts, es muy común encontrarnos con esta situación, cambiar el uso de un local comercial en desuso por el de vivienda.
Todo dependerá de la normativa urbanística de cada ayuntamiento, que nos indicará para cada parcela qué usos puede contener, y en el caso de existir más viviendas, la densidad de los mismas, es decir, cuantos pisos pueden existir en la misma parcela. Se ha de entregar al ayuntamiento el proyecto visado y con el visto bueno del arquitecto colegiado junto con el certificado de que el técnico se hace responsable de la ejecución de la obra. Se pagarán las tasas correspondientes que cada ayuntamiento tenga estipuladas.
Para realizar un cambio de uso de local a vivienda necesitaremos solicitar una licencia de obra mayor.

 

NORMATIVA  |  CAMBIO DE USO  |  PERMISOS DE OBRAS  |  CEDULA DE HABITABILIDAD